La continuación de la explotación de la empresa en quiebra /

La conservación de la empresa como principio concursal fue directiva fundamental del legislador que sancionó la Ley 19.551, lo que se debió al desarrollo del concepto de empresa y su diferenciación con el empresario. Si bien tal distinción- empresa y empresario- no se plasmó en la consideración del...

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Bibliographic Details
Main Author: Graziabile, Darío J.
Format: Analiticas
Language:Spanish
Published: Buenos Aires : la Ley, 2007.
Subjects:
Online Access:Ver en el OPAC del Koha
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520 |a La conservación de la empresa como principio concursal fue directiva fundamental del legislador que sancionó la Ley 19.551, lo que se debió al desarrollo del concepto de empresa y su diferenciación con el empresario. Si bien tal distinción- empresa y empresario- no se plasmó en la consideración del presupuesto subjetivo concursal sí se lo hizo indirectamente en otros institutos, como es, principalmente el de la continuación de la explotación de la empresa. En la actualidad, reconocida la inexistencia de tantas bondades respecto a aquellos principios, excepcionalmente podrá continuarse la explotación de la empresa fallida para promover la liquidación de la empresa en marcha y lograr así su conservación. Es la última oportunidad de recuperación de la empresa insolvente, luego de pasados los estadios preventivos que buscan su conservación (acuerdo preventivo, salvataje, conversión de la quiebra, etc) 
653 |a COOPERATIVAS DE TRABAJO 
653 |a CONTINUACIÓN MEDIATA 
653 |a FORMAS DE CONTINUACIÓN 
773 |t Enfoques : contabilidad y auditoría  |g no 4 (Abr. 2007) p. 79-92  |x 1514-8602 
852 |c 1. F 
942 |2 udc  |c ANA 
999 |c 4726  |d 4725